Norman Shepher y la Fe que Justifica

Capilla del Seminario Teológico Knox
22 de Octubre, 2002
Por Calvin Beisner

Lectura Bíblica: Romanos 3:19-31

Los historiadores de la doctrina llaman a la justificación por la fe sola – sola fide – el “principio material de la Reforma.” Más que cualquier otra doctrina, distingue el entendimiento del evangelio por parte de los Reformadores del entendimiento Católico Romano. Un evangelio que proclama que el hombre es justificado delante de Dios solo por la fe, aparte de las obras de la ley, es materialmente diferente de un evangelio que declara que el hombre es justificado delante de Dios por fe más alguna otra cosa, ya sea sus propias obras, o las obras de la iglesia. De hecho, solo así es verdaderamente el evangelio; son buenas nuevas. Cualquier otra cosa, lejos de ser buenas nuevas, son malas nuevas, pues proclama un estándar que solamente un Hombre en toda la historia ha llenado, y por lo tanto, condena a todos los otros al infierno. Esta es la razón por la cual, por generaciones de bien informados Protestantes, esta doctrina de la sola fide ha sido una doctrina por la cual bien ha valido la pena morir – y muchos en verdad se ganaron la corona de mártir por negarse a renunciar a ella.

Hoy, esa doctrina se halla bajo ataque incluso dentro de círculos Reformados. Al decir yo esto no lo estoy provocando a que vaya en busca de artículos en revistas teológicas o publicaciones populares Reformadas, o en websites Reformados que lleven títulos como “Cuatro Razones por las cuales Renuncio a la Sola fide” o “Una Crítica Bíblica de la Doctrina de la Justificación por la Fe Sola.” No, los errores se envuelven en el lenguaje de la ortodoxia. Aquellos que ofrecen la amenaza más grande a la sola fide no rechazan explícitamente la doctrina por nombre, como lo hacen los Católicos Romanos, sino que la afirman mientras redefinen sus términos. Mi objetivo hoy es advertirle de una de tales amenazas y sujetarla a la crítica. Pero primero examinemos nuestro texto, reconocido desde hace mucho por la comunidad Reformada como el locus classicus de la doctrina de la sola fide.

El Apóstol Pablo en Romanos 3:19-20 concluyó su caso contra el guardar la ley como un medio para llegar a estar en una posición debida para con Dios. Es un caso que había edificado incesantemente desde 1:18 hasta 3:18. Lo presentó para vindicar su declaración en 1:16-17 de que el evangelio “es poder de Dios para salvación a todo aquel que cree... Porque en el evangelio la justicia de Dios se revela por fe y para fe [o quizás “comenzando y terminando en fe”], como está escrito: Mas el justo por la fe vivirá.” La salvación, afirmaba Pablo, era por la creencia – por el asentimiento voluntario a proposiciones entendidas.

¿Cómo es que el evangelio operaba poderosamente para salvar? Al comunicar la información a la cual la creencia asentía, pues como explicó en 10:17, “Así que la fe es por el oír, y el oír, por la palabra de Dios.” Sin un mensaje, no hay nada que pueda creerse. Por lo tanto, el evangelio es el poder de Dios para salvación para todos los que creen porque les da algo en lo cual creer.

¿Qué es la justicia de Dios revelada en el evangelio “por fe y para fe”? ¿Es la justicia inherente de Dios, la santidad que es Su esencia y que se expresa en Su ley? No, pues la justicia esencial de Dios, por un lado, fue revelada en Su ley, no solamente en el evangelio, y por otro lado no fue engendrada por la fe. No, esta “justicia de Dios” era una justicia que se adhería al hombre, como Pablo escribió: “El justo por la fe vivirá.”

La gran pregunta de Pablo en estos capítulos iniciales de la Epístola a los Romanos era, “¿Cómo puede un hombre ser justo a la vista de Dios? ¿Cómo puede ser justificado?” Él contestó que esta justicia de Dios – quizá sea mejor que la traduzcamos como “justicia desde Dios” – se obtiene por la fe desde principio a fin.

La totalidad de 1:18-3:20 fue el primer elemento de la vindicación de Pablo de esta gran afirmación de las buenas nuevas. La justicia que provenía de Dios y que hacía al hombre “justo” no podía provenir de guardar la ley, pues los hombres “detienen [suprimen, reprimen, contienen] con injusticia la verdad” (1:18). “Profesando ser sabios, se hicieron necios, y cambiaron la gloria del Dios incorruptible en semejanza de imagen de hombre corruptible, de aves, de cuadrúpedos y de reptiles” (1:22-23) “No aprobaron tener en cuenta a Dios,” y “están atestados de toda injusticia” (1:28-29).
Aún aquellos que con auto­justificación condenan a los otros por tales maldades “practican las mismas cosas” (2:1), de manera que “todos los que sin ley han pecado, sin ley también perecerán; y todos los que bajo la ley han pecado, por la ley serán juzgados” (2:12). Ciertamente, “No hay justo, ni aún uno; no hay quien entienda, no hay quien busque a Dios” (3:10-11), y de este modo la ley cierra todas las bocas, teniendo a todo el mundo como responsable y culpable delante de Dios, “ya que por las obras de la ley ningún ser humano será justificado delante de él; porque por medio de la ley es el conocimiento del pecado” (3:19-20). ¿Es la ley el poder de Dios para salvación para todo aquel que la cree? ¡Absolutamente no! Al contrario, por medio de la ley proviene solamente el conocimiento del pecado.

Esto fue representado en la gran ceremonia de renovación del pacto que Moisés instruyó a Israel que realizara justo antes de entrar a la Tierra Prometida, registrada en Deuteronomio 27 – 30.

Habiendo escrito los Diez Mandamientos en piedras blanqueadas y habiendo colocado esas piedras en el Monte Ebal, Moisés dividió a Israel en dos grupos de seis tribus cada uno. La mitad de Israel se colocó en el Monte Ebal y la otra mitad en el Monte Gerizim. La mitad gritaron bendiciones y la otra mitad, maldiciones. ¿Sobre cuál monte se encontraban aquellos que gritaron las maldiciones? Sobre el Monte Ebal, pues “Maldito el que no confirmare las palabras de esta ley para hacerlas” (Deuteronomio 27:26). El Monte Ebal representaba la ley con sus maldiciones, el Monte Gerizim, el evangelio con sus bendiciones.

Este es el mensaje que Pablo confirmó poderosamente en Romanos. La ley, aunque santa, justa y buena, y aunque prometía vida a todos los que la guardaran (Deuteronomio 30:19), “resultó ser para muerte” no solamente para el Apóstol sino para todos los otros, “Porque el pecado, tomando ocasión por el mandamiento, me engañó, y por él me mató” (Romanos 7:10-12). Entonces, ciertamente, la justicia que procede de Dios no podía provenir por medio de la ley.

“Pero ahora,” prosiguió Pablo, “aparte de la ley, se ha manifestado la justicia de Dios, testificada por la ley y por los profetas; la justicia de Dios por medio de la fe en Jesucristo, para todos los que creen” (3:21-22). ¿Es esta justicia nuestra por alguna mezcla de fe y observancia de la ley?

Ciertamente no, “por cuanto todos pecaron, y están destituidos de la gloria de Dios, siendo justificados gratuitamente por su gracia, mediante la redención que es en Cristo Jesús, a quien Dios puso como propiciación por medio de la fe en su sangre” (3:23-25). La Sola fide está relacionada inseparablemente con la sola gratia, pues si esta justicia desde Dios fuera a ser recibida por la fe más obras, entonces ya no hubiese sido “gratuitamente por su gracia.” Hubiese sido, como Pablo lo explicará dentro de poco, una recompensa por mérito, pues “al que obra, no se le cuenta el salario como gracia, sino como deuda” (4:4). Va a presentar el mismo punto una vez más mucho después en la epístola, escribiendo en 11:6 sobre el remanente del Israel creyente “escogido por gracia,” “Y si por gracia, ya no es por obras; de otra manera la gracia ya no es gracia.” Si algo se consigue por medio de las obras, entonces es un asunto de deuda y no de gracia; si es dado por gracia, no es de deuda y por lo tanto no es de obras.

Tal evangelio parecía escandaloso en el tiempo de Pablo, y parece escandaloso hoy. ¿Por qué?

Aunque más tarde, en el capítulo 6, Pablo va a contestar la acusación de que promovía el antinomismo – la noción insensata de que como somos salvos por solo la gracia por medio de la fe sola podemos declarar nuestra fe y luego mofarnos de la ley de Dios – en nuestro texto actual se enfocó en una acusación diferente: que ello haría de Dios un Dios injusto porque justificaba al injusto. Romanos 3:25-26 tiene sentido solo sobre la noción de tal entendimiento del evangelio. El evangelio es que Dios justifica – declara justo – a aquellos que lo creen, ¡sin referencia a ninguna obra justa que hayan hecho o que vayan a hacer jamás! Solo si ese es el caso tiene sentido la acusación a la que estos dos versículos responden. Era escandaloso decir que Dios llamaría a alguno justo, a alguien que no fuera justo; que Él declarara al injusto como justo. ¡Sin duda, eso sería acusar a Dios de falsedad! Pero no, dijo Pablo. La justicia de Dios fue perfectamente cumplida al presentar a Cristo Jesús “como propiciación por su sangre.” “Esto fue para mostrar la justicia de Dios” – ahora no la justicia que proviene de Dios sino la justicia inherente en Dios – “a causa de haber pasado por alto, en su paciencia, los pecados pasados, con la mira de manifestar en este tiempo su justicia, a fin de que él sea el justo, y el que justifica al que es de la fe de Jesús.” ¿Cómo podía el Dios justo declarar justo al injusto? Al castigar los pecados del injusto en Cristo en la cruz, e imputando la justicia de Dios al que cree en Él.

Únicamente sobre esta base se excluye la vanagloria. Si las obras hubiesen jugado algún papel como condición de nuestra justificación, todo hombre justificado pudiera gloriarse de haber puesto bajo su deuda a Dios y que se ha ganado su justificación, al menos en parte, como se gana un salario. Una ley, o principio, de justificado siquiera parcialmente por medio de las obras nunca podría excluir tal vanagloria. Pero la ley, o principio, de la justificación por la fe sola puede y lo ha hecho. “Concluimos,” escribió Pablo, “que el hombre es justificado por fe sin las obras de la ley” (3:28). Y, tal como lo dijo en 1:16, que el evangelio era el poder de Dios para salvación para todo aquel que cree, “al Judío primeramente y también al Griego,” de igual manera aquí añadió, “él justificará por la fe a los de la circuncisión, y por medio de la fe a los de la incircuncisión” (3:30). Aquellos que tenían la ley no podían nunca gloriarse en el hecho de haber guardado la ley como la condición de su justificación; aquellos que no tenían la ley no podían nunca excusarse por ese motivo. No, la condición de la justificación era la misma para ambos: la fe.

La fe en la obra expiatoria de Jesucristo, aparte de las obras de la ley. La fe sola. Sola fide. Eso es el evangelio. Eso y nada menos. Eso y nada más. Eso es el poder de Dios para salvación para todo el que cree. Eso fue lo que liberó a Martín Lutero de sus años de esclavitud espiritual cuando en el tormento de su conciencia culpable buscaba apaciguar a Dios por una combinación de buenas obras y auto-flagelación pero siempre se daba cuenta que se quedaba corto. Eso fue lo que liberó a John Newton de la culpa de haber sido un comerciante de esclavos y lo que le capacitó a escribir el himno “Sublime Gracia” (Amazing Grace). Eso, y solo eso, puede liberar a cualquiera de nosotros de la muerte que es la paga incluso de un solo pecado. “Pues la paga del pecado” -¡recuerde la relación entre salario y obras! – “la paga del pecado es muerte, más la dádiva de Dios es vida eterna en Cristo Jesús, Señor nuestro” (6:23).

Comencé diciendo que esta doctrina, este evangelio de justificación por la fe sola, se halla bajo ataque en los círculos Reformados. Ahora, ¿quiénes lo niegan en la comunidad Reformada? Con tantas palabras, nadie. Pero al cambiar la definición de los términos, uno puede rechazar en sustancia lo que uno abraza por nombre. Eso es lo que ha hecho, a mi juicio, Norman Shepherd, el autor de El Llamado de la Gracia: Cómo el Pacto Ilumina la Salvación y el Evangelismo (Phillipsburg, NJ: P&R, 2000), y desafortunadamente muchos han adoptado su pensamiento.
Habiendo leído El Llamado de la Gracia con algún cuidado, me veo forzado a concordar con un crítico que escribió, “Aunque Shepherd hace uso de mucho de la terminología ortodoxa,... ha articulado una doctrina de la justificación que es persistentemente ambigua y que redefine la relación entre la fe y las obras de una manera que está en desacuerdo con la... doctrina bíblica.”

Déjeme decir antes de ofrecer mi crítica que simpatizo fuertemente con el anti-antinomismo de Shepherd y su urgente llamado a los Cristianos (Reformados y otros) a reconocer la centralidad del pacto para la teología, la soteriología, la eclesiología, la sacramentología y la ética Bíblica. Pero debido a que simpatizo con esos asuntos considero que el libro es peligroso. Me temo que sus serios defectos de exégesis, lógica, definición y doctrina no solamente le van a dificultar a Shepherd su propio intento de retornar la obediencia pactal a su lugar alto y justo en la enseñanza Cristiana sino que también van a disponer a muchos de David VanDrunen, “La Justificación por la Fe en la Teología de Norman Shepherd,” Katekōmen (boletín informativo del Seminario Teológico de Greenville), 14:1 (Verano 2002), 23-6, en la 23.

sus lectores, o a los lectores de sus críticos, a sospechar de cualquiera que enfatice el pacto
o la obediencia.

¿Cuáles son algunos problemas de la perspectiva de la justificación por parte Shepherd? El primero es la ambigüedad, y este conduce al segundo, su rotunda falsedad.

En El Llamado de la Gracia Shepherd escribe, “Sin una fe viviente, activa, penitente y obediente Israel no podía permanecer en la Tierra Prometida.”2 Aquí no clarifica las relaciones entre la infidelidad, la desobediencia y la exclusión de la Tierra Prometida. ¿Fueron la exclusión y la desobediencia consecuencias de la infidelidad? O, ¿fue la exclusión la consecuencia de la infidelidad y la desobediencia? Lo primero es monergismo – la redención como la obra sólo de Dios – y sola gratia; lo último es sinergismo – redención por la cooperación del hombre con Dios – y la negación de la sola gratia.

Enseguida escribe, “La ley no establece un principio de obras/mérito en oposición a la gracia y a la fe. Ella testifica de la gracia de Dios revelada en Jesucristo.”3 La ambigüedad aquí está en la falla de Shepherd de no explicar cómo la ley testifica de la gracia de Dios revelada en Jesucristo.

¿Hace esto como algo externo al pacto de gracia, revelando la imposibilidad de cualquiera de justificarse a sí mismo por su propia obediencia, o como un subconjunto del pacto de gracia al revelar los requerimientos, y la obediencia a los cuales va a justificar? Lo primero, una vez más, es monergismo y sola gratia; lo último, sinergismo y justificación por la fe más las obras. Pero Shepherd no dice en cuál de estos sentidos es que la ley testifica de la gracia de Dios. Sin embargo, más serio que la ambigüedad es el problema de que en este ejemplo Shepherd escribe de la relación entre la ley, las obras y el mérito, por un lado, y la gracia y la fe, por el otro, precisamente de la manera opuesta a como el Apóstol Pablo habló de ella. Mientras Shepherd dice, “La ley no establece un principio de obras/mérito en oposición a la gracia y la fe,” Pablo escribió, como ya hemos escuchado, “Pero al que obra, no se le cuenta el salario como gracia, sino como deuda” (Romanos 4:4) y “si por gracia, ya no es por obras; de otra manera la gracia ya no es gracia” (11:6). Si algo es obtenido por las obras, entonces es un asunto de deuda y no de gracia; si es dado por gracia, no es algo de deuda y por lo tanto no es de obras. Pablo, en oposición a Shepherd, unió expresamente la ley, las obras y el mérito (deuda) y los colocó en oposición a la gracia y a la fe.

Pronto se hace obvio que Shepherd incluye las obras bajo la fe – convierte las obras en una parte de la fe. “El pacto Mosaico expresa promesas, y las promesas pueden ser recibidas solamente por la fe.4 Para Israel, las promesas venían envueltas en el ropaje de la ley Mosaica. Esa es la razón por la cual la fe en estas promesas también implicaba fidelidad con respecto a los mandamientos. La obediencia es simplemente una expresión de fe en las promesas de Dios, no una alternativa a la fe.”5 Pero (1) Simplemente no es verdad que las promesas puedan recibirse solamente por fe.

Cualquier contrato con beneficios mutuos implica promesas de cada una de las partes entre sí, cada promesa está condicionada al cumplimiento de ciertas obligaciones que no son simplemente fe; son obras meritorias. El problema de Shepherd es que incluye la obediencia en la fe, haciéndola parte de la condición para la justificación, en lugar de mantener cuidadosamente la dependencia de ambas, la obediencia y la justificación, sobre la fe y no ninguna de ellas sobre la otra.

La tercera oración es imprecisa: “Esa es la razón por la cual la fe en estas promesas también implicaba fidelidad con respecto a los mandamientos.” La relación de la asociación entre A y B puede ser de muchos tipos. A implica a B si A y B son idénticos; “si A, entonces A” es una inferencia válida por la ley de identidad. Por causalidad, A implica a B si A es una condición necesaria y suficiente de B: “Si A, entonces B. A, por tanto B” es una inferencia válida por modus ponens. Por inclusión, A implica B si todas las A son B, aún si no todas las B son A: “Todas las A son B. C es A. Por lo tanto, C es B” es una inferencia válida por modus ponens. Lo que la tercera oración de Shepherd no nos dice es si la implicación es de identidad, de causa o de inclusión. La primera iguala la fe con las obras y destruye toda la enseñanza Bíblica de la justificación solo por la fe aparte de las obras de la ley (Romanos 3:28). La tercera incluye las obras en la fe y destruye, de igual manera, la sola fide.

Solamente la segunda mantiene la distinción Bíblica entre la fe y las obras y la doctrina Bíblica de que las obras son la consecuencia necesaria de la fe, y así confirma la enseñanza Bíblica de la justificación por la fe sola aparte de las obras de la ley. Lo que la oración de Shepherd, tomada en sí misma, no nos dice es cuál de estas Shepherd tiene la intención de señalar. No obstante, la cuarta oración parece, tomada en su sentido gramatical y léxico más natural, interpretar la tercera como si expresase la implicación de identidad: “La obediencia es simplemente una expresión de fe en las promesas de Dios, no una alternativa a la fe.” Si la obediencia “no es una alternativa a la fe” entonces debe ser fe; es decir, la relación de implicación entre la fe y la obediencia debe ser la implicación de identidad.

Pero esto equipara la fe con las obras y de este modo niega que la justificación es por fe aparte de las obras de la ley.

Con su confianza que la obediencia es, en sí misma, una parte de la fe, Shepherd procede a interpretar un texto clave del Antiguo Testamento, Levítico 18:5, precisamente de manera opuesta a como Pablo lo interpretó.

La ley es un don de la gracia que expresa la sabiduría para la vida. ‘Escoge, pues, la vida, para que vivas tú y tu descendencia... el Señor es tu vida’ (Deut. 30:19-20). Esta también es la fuerza de Levítico 18:5, ‘Por tanto, guardaréis mis estatutos y mis ordenanzas, los cuales haciendo el hombre, vivirá en ellos. Yo Jehová.’ Este versículo no constituye un desafío para que los Israelitas se ganen su salvación por sus buenas obras. Más bien, les ofrece a todos los que son pactalmente leales y fieles el estímulo y la seguridad de que vivirán y prosperarán en la tierra. Esta es la promesa del Señor para ellos, una promesa que ha de ser recibida con una fe viva y activa.

Primero, aunque Shepherd nos asegura que Levítico 18:5 “no constituye un desafío para que los Israelitas se ganen su salvación por sus buenas obras,” Pablo escribió, “Porque todos los que dependen de las obras de la ley están bajo maldición, pues escrito está: Maldito todo aquel que no permaneciere en todas las cosas escritas en el libro de la ley, para hacerlas. Y que por la ley ninguno se justifica para con Dios, es evidente, porque: El justo por la fe vivirá; y la ley no es de fe, sino que dice: El que hiciere estas cosas vivirá por ellas” (Gálatas 3:10-12). Vivir por los mandamientos de la ley no es vivir por fe. Segundo, el hecho que la ley exprese la sabiduría para vivir no implica que sea el medio para la vida; es más bien el medio de muerte debido al pecado en la carne (Romanos 7). Tercero, Shepherd necesita distinguir claramente entre definición (la ley define la santidad y la acción santa) y la causa (la ley lo hace a uno santo). Lo primero es verdad; lo segundo es falso, pero desafortunadamente Shepherd parece afirmarlo.

Su falla de no definir los términos adecuadamente aparece también en su tratamiento de cómo se relacionan la fe y el arrepentimiento. Él escribe, “Pablo llama a sus oyentes no simplemente a la fe, sino a la fe y al arrepentimiento.”7 Shepherd, aquí y en otras partes, deja de tomar adecuadamente en cuenta la esencia epistémica (mental) del arrepentimiento. “Pero,” como Gordon Clark ha señalado, “etimológicamente arrepentimiento quiere decir un cambio de mente, no necesariamente restringido a asuntos específicamente morales. Puede incluir un cambio de mente con referencia a toda la teología, y... el arrepentimiento, aunque no coloquialmente [es decir, no en el uso común, sino apropiadamente], con seguridad que incluye la creencia de que Jesús es Señor.”9 Cuando Pedro les dijo a sus oyentes en Pentecostés qué debían hacer para ser salvos del juicio de Dios, él dijo, “Arrepentios [plural] para la remisión de sus pecados plurales...” (Hch. 2:38, traducción mía).10 No mencionó la fe. ¿Por qué no? Porque el arrepentimiento es fe, y la fe es arrepentimiento. Cuando Pablo y Silas le dijeron al carcelero Filipense lo que debía hacer para ser salvo, dijeron, “Cree en el Señor Jesús, y serás salvo...” (Hechos 16:31). No mencionaron el arrepentimiento. ¿Por qué no? Porque la fe es arrepentimiento, y el arrepentimiento es fe.

Shepherd no resuelve el problema cuando añade, “El arrepentimiento incluye el volverse. del pecado y tener un nuevo principio. Cuando Pablo defiende su ministerio ante el Rey Agripa, él dice, ‘sino que anuncié primeramente a los que están en Damasco, y Jerusalén, y por toda la tierra de Judea, y a los gentiles, que se arrepintiesen y se convirtiesen a Dios, haciendo obras dignas de arrepentimiento’ (Hch. 26:20). La fe y el arrepentimiento están indisolublemente ligados el uno al otro.”11 Una vez más la falla de Shepherd de no definir los términos cuidadosamente le mete en problemas. Pues el que X incluya a Y no es lo mismo que X sea comprobado por Y, y ninguna de ellas es lo mismo que decir que X y Y están indisolublemente ligadas. No obstante Shepherd escribe como si estas frases fuesen intercambiables. Pablo precisamente no dijo que el arrepentimiento incluye el volverse del pecado; él dijo que se comprobaba por los hechos (i.e., en este caso, alejándose del pecado).12 El arrepentimiento en sí mismo es un acto mental (metanoia), inobservable a los hombres excepto indirectamente a través de su fruto en la profesión o la acción externa13 pero observable directamente por Dios.

Los hechos son la consecuencia de este acto mental. Pero, confundir los hechos y el arrepentimiento no es menos erróneo que confundir la caída de una bola de billar en su tronera con el golpe de la bola blanca con el taco. La causa y el efecto son distintos el uno del otro, incluso si el último necesariamente implica la primera.

No obstante, el fracaso de Shepherd para sustentar esta distinción conduce a una divergencia cada vez mayor de la doctrina de la justificación por la fe aparte de las obras de la ley cuando escribe, “la fe produce arrepentimiento, y el arrepentimiento es evidente en el estilo de vida del creyente. Así, las obligaciones del nuevo pacto incluyen no solamente la fe y el arrepentimiento, sino también la obediencia.”14 La última oración oscurece la cuestión de si la fe y el arrepentimiento (o podríamos decir “fe, es decir, arrepentimiento”), por un lado, y la obediencia, por el otro, están incluidas entre “las obligaciones del nuevo pacto” en el mismo sentido o en sentidos diferentes. La fe (que incluye el arrepentimiento) está incluida en las obligaciones del nuevo pacto como una condición de la justificación; la obediencia es incluida en las obligaciones del nuevo pacto no como la condición de la justificación sino como el fruto inevitable de la fe. El tratamiento de Shepherd hace que parezca que los dos (la fe y el arrepentimiento, por un lado, y la obediencia, por el otro) están incluidos en el mismo sentido, i.e., que la obediencia es una condición de la justificación. Eso a su vez contradice la enseñanza de Pablo de que el hombre es justificado por la fe aparte de las obras de la ley.

Una cita más ilustrará el alcance de la falla de no definir claramente las relaciones lógicas y causales entre los varios elementos de su sistema que conducen a Shepherd a serios problemas.

Él escribe que “la fe, el arrepentimiento, la obediencia y la perseverancia son indispensables para el disfrute de las bendiciones [del pacto]. Son condiciones, pero no son condiciones meritorias.”15 Pero, como hemos visto, mientras la Escritura explícitamente le niega méritos a la fe (la cual incluye el arrepentimiento), explícitamente le concede mérito a la obediencia (obras).

Como Pablo escribió en Romanos 4:3-5: “Porque ¿qué dice la Escritura? Creyó Abraham a Dios, y le fue contado por justicia. Pero al que obra, no se le cuenta el salario como gracia, sino como deuda; mas al que no obra, sino cree en aquel que justifica al impío, su fe le es contada por justicia...” Una recompensa por la obediencia es contada como deuda, no como gracia. Además, “Y si por gracia, ya no es por obras; de otra manera la gracia ya no es gracia” (Romanos 11:6). Si es por gracia, entonces no es por obras; si no es por obras, entonces es deuda, no de gracia. Pero es cierto que en estos pasajes, en la expresión por obras, Pablo denota obediencia a la ley. Por lo tanto, si la obediencia es una condición de la justificación, entonces es, por definición (debido a que la iguala con las obras) una condición meritoria. No deja de ser meritoria simplemente porque Shepherd dice que no lo es. Es meritoria porque la Escritura lo dice.

La única manera de evitar la conclusión de que la justificación es el efecto merecido de las obras es negando que las obras (obediencia) sean una condición de la justificación. Sin embargo, Shepherd no concuerda con eso. Él piensa más bien que “lo que debe ser desafiado en la doctrina Católica Romana [la que dice que somos justificados parcialmente por gracia por medio de la fe y parcialmente por mérito a través de las obras] es la idea misma del mérito. Dios no se relaciona, y nunca lo ha hecho, con su pueblo sobre la base de un principio de obras/mérito.”16 Pero, aunque es verdad que Dios nunca ha otorgado la salvación a Su pueblo sobre la base de un principio de obras/mérito, no es verdad que Dios nunca se haya relacionado con ellos sobre la base de tal principio. Fue precisamente sobre la base de su mérito que Él los condenó: “la paga del pecado es muerte” (Romanos 6:23).

Pero esto quiere decir que el mérito y la obediencia son inseparables, que es la razón por la cual la solución al problema de cómo la salvación puede ser concedida como don, no como recompensa, de gracia, no como deuda (Romanos 11:5-6; 4:4-5), no es afirmar (como lo hace Shepherd)17 que las obras que se derivan de la fe no sean meritorias sino más bien afirmar (como Shepherd niega) que las obras no son una condición de la justificación sino, como la justificación, una consecuencia de la fe.

Hay otros problemas en El Llamado de la Gracia, tales como enseñar la remisión bautismal, pero esos son tópicos para otro día. Baste decir por el momento que la doctrina de la justificación de Shepherd, a pesar de su afirmación de la justificación por la fe sola en palabras, se desvía peligrosamente de esa doctrina al hacer de las obras obedientes y meritorias una parte de la fe en lugar de ser el fruto de la fe y una condición de la justificación en lugar de una consecuencia concomitante con la fe. Esas no son buenas nuevas; son malas nuevas, porque significa que nuestra justificación depende no solamente de lo que Cristo ha hecho por nosotros en la cruz sino también en lo que debemos hacer en obediencia a la ley. En ese camino yace la ruina de la Reforma – y con ella, la ruina de la paz con Dios que viene únicamente de saber que hemos sido justificados por fe, no por las obras de la ley (Romanos 5:1; 3:28).

En contraste con las ambiguas y erróneas nociones de Shepherd, hagamos sonar en el Seminario Teológico Knox, la trompeta clara e inequívoca de la Reforma y de la Escritura misma:

la sola fide, la justificación por la fe sola.


bY LeMS

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“Cualquier hombre que piensa que es cristiano y que ha aceptado a Cristo para la justificación sin haberlo aceptado al mismo tiempo para la santificación, se halla miserablemente engañado en la experiencia misma”

Archibal A. Hodge

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