El Nombre Hijo de Dios

 Por: Luis Berkhof

El nombre "Hijo de Dios" se aplicó de diversos modos en el Antiguo Testamento:

1. Al pueblo de Israel, Ex 4 : 22 ; Jer. 31 : 9 ; Oseas 11: 1

2. A los oficiales de Israel, especialmente al rey prometido de la casa de David, II Sam 7: 14; Sal 89 : 27

3. A los ángeles, Job 1: 6; 2 : 1; 38: 7; Sal 29: 1; 89: 6

4. Al pueblo piadoso en general, Gen 6: 2; Sal 73: 15; Prov. 14: 26. En Israel adquirió el nombre un significado teocrático. En el Nuevo Testamento encontramos a Jesús apropiándose el nombre, y a otros que también se lo concedieron a Él.

El nombre se le aplica a Jesús en cuatro sentidos diferentes que no siempre se conservan con entera distinción en la Escritura, puesto que algunas veces se combinan. Se aplica el nombre a Jesús:

1. En el sentido oficial o mesiánico, como una descripción del oficio más bien que de la naturaleza de Cristo. El Mesías pudo ser llamado Hijo de Dios como heredero y representante de Dios. Los demonios claramente entendieron al nombre en sentido mesiánico, cuando se lo dieron a Jesús. Parece haber tenido este sentido también en Mat. 24: 36; Mar. 13: 32. Aun cuando el nombre, tal como fue pronunciado por la voz que se oyó en el bautismo de Jesús y en su transfiguración, Mat. 3: 17; 17: 5; Marc. 1: 11; 9: 7; Luc. 3: 22; 9: 35, puede interpretarse así, con toda probabilidad, tiene un sentido más profundo. Hay varios pasajes en los que el sentido mesiánico se combina con el sentido trinitario, compárese lo que sigue.

2. En el sentido trinitario. El nombre se usa algunas veces para denotar la deidad esencial de Cristo. En este sentido señala el derecho de hijo desde la preexistencia, lo que trasciende absolutamente de la vida humana de Cristo y de su llamamiento oficial como Mesías. Encontramos ejemplos de esto en Mat. 11: 27; 14: 28-33; 16: 16, y paralelos; 21: 33-46, y paralelos; 22: 41- 46; 26: 63, y paralelos. En algunos de estos ejemplos la idea del derecho de hijo como idea mesiánica entra también en mayor o menor grado. También encontramos en pasajes juaninos, entretejidas, la idea ontológica y la mesiánica de derecho de hijo, en los que Jesús declara con autoridad que El es el Hijo de Dios, aunque no haga uso del nombre, por ejemplo en 6: 69; 8: 16, 18, 23; 10 : 15, 30 ; 14 : 20, etc. En las epístolas se designa frecuentemente a Cristo como el Hijo de Dios en el sentido metafísico, Rom. 1: 3; 8: 3; Gal 4: 4; Heb. 1: 1; y muchos otros pasajes. En la moderna teología ancha es costumbre negar el derecho metafísico de Hijo que tiene Cristo.

3. En el sentido de la natividad. También se llama a Cristo el Hijo de Dios en virtud de su nacimiento sobrenatural. El nombre se le aplica en el bien conocido pasaje del evangelio de Lucas, en el que el origen de su naturaleza humana se atribuye a la paternidad de Dios directa y sobrenatural, es decir, Luc. 1: 35. El Dr. Vos también encuentra indicaciones de este sentido del nombre en Mat. 1: 18-24; Juan 1: 13.

Naturalmente este significado del nombre también lo niegan los modernos teólogos anchos, que no creen en el nacimiento virginal ni en la concepción sobrenatural de Cristo

4. En el sentido ético religioso. En este mismo sentido el nombre "hijo" o "hijos de Dios" se aplica a los creyentes en el Nuevo Testamento. Es posible que tengamos un ejemplo de la aplicación del nombre "Hijo de Dios" a Jesús en ese sentido ético religioso en Mat. 17: 24-27. Esto dependerá de saber si Pedro está aquí representado como exento también del tributo del templo. Especialmente en este sentido la teología ancha moderna atribuye el nombre a Jesús. Encuentra que el derecho de Hijo correspondiente a Jesús es únicamente un derecho de hijo en el sentido ético religioso, algo que en realidad es elevado pero que esencialmente no es diferente del derecho que tenían sus discípulos.


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“Cualquier hombre que piensa que es cristiano y que ha aceptado a Cristo para la justificación sin haberlo aceptado al mismo tiempo para la santificación, se halla miserablemente engañado en la experiencia misma”

Archibal A. Hodge

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